martes, 2 de noviembre de 2021

FERROCARRIL DE PACASMAYO A CAJAMARCA.

 FERROCARRIL DE PACASMAYO A CAJAMARCA.

Reseña Histórica.

Una ley de 8 de Noviembre de 1874; autorizó al Ejecutivo para la construcción de un ferrocarril, de Pacasmayo a Cajamarca, con las convenientes ramificaciones, por cuenta del Estado, o por Empresa particular, observándose en este segundo caso las prescripciones siguientes:

Estudios y Presupuesto, examinados por la Dirección General de Obras Públicas.

Trazo final y rectificación del Presupuesto, ejecutado por dos Ingenieros: uno del Estado y otro de la Empresa.

Examen de estos nuevos trabajos, por la Junta de Ingenieros.

Proyecto de Contrato, formado por tres comerciantes.

Otorgamiento de Escritura Pública, con las seguridades de la ley.

Garantía de un interés, mínimo, de 7 por ciento anual, por 25 años, sobre el capital que se invirtiera.

El artículo 3º de la ley citada generalizó la autorización anterior por todos los ferrocarriles que pudieran plantificarse en la República.

Por decreto de 7 de Diciembre del mismo año, se admitió la propuesta que hizo el Dr. Silva Santisteban, por sí y a nombre de una Compañía, bajo estas condiciones:

Términos del Ferrocarril: Pacasmayo y Cajamarca.

Plazo para la ejecución del trazo preliminar, afianzado con 6,000 pesos, un año, en la inteligencia de que la concesión quedaba sin efecto, si el trazo no se concluía en aquel término.

Ejecución de dicho trazo, por dos Ingenieros con sus auxiliares, debiendo comprender el plano general de la línea, el perfil longitudinal, una memoria descriptiva del proyecto y el presupuesto.

Examen de los anteriores datos, por los funcionarios que designa la citada ley, y

Adjudicación de la obra, al que ofreciere mayores ventajas, con obligación de pagar los gastos que hubiesen hecho otros postores, admitidos por el Gobierno.

Aunque el precedente decreto motivó una representación del Dr. Silva Santisteban, pidiendo aclaraciones, la cual pasó a la Dirección de Obras Públicas y en seguida al Fiscal Sr. Ureta, no se expidió ninguna resolución. Cerca de cuatro años más tarde, Julio de 1878, los Ingenieros D. Pedro Marzo y D. José Hindle, fueron comisionados por el Gobierno para formar el trazo preliminar; y a los ocho meses, Marzo de 1869, se convocaron postores por propuestas cerradas, durante cien días, y determinando ciertas condiciones relativas a la formación del camino, vía, estaciones principales en Pacasmayo, La Viña y Cajamarca, y secundarias en San Pedro de Lloc, Guadalupe, Tolón, Monte Grande, Llallan, Chilete, Llagaden, Asunción , Huacraruco y Llanacora; material rodante y muelle en Pacasmayo, y, además, otras antes adoptadas en convocatorias semejantes.

Después de varias prórogas del plazo señalado en la convocatoria, se dispuso que pasasen a una comisión de Ingenieros las propuestas de         D. Enrique Meiggs, único concurrente, las cuales fueron remitidas en seguida a una comisión compuesta de D. Julián Zaracondegui, D. Francisco Canevaro y D. Alfredo Wohl, para formarse el proyecto de contrato.

Al año siguiente, 8 de Marzo de 1870, se expidió nueva convocatoria para construir otro ferrocarril de Pacasmayo a San Pedro de Lloc o Guadalupe, a consecuencia de los estudios que se había mandado practicar para una línea de Trujillo á Cajamarca; y aunque en la convocatoria se dijo que la obra se haría por cuenta del Estado; pocos días después, 29 de Marzo, se pidieron propuestas para ejecutarlas por Empresa particular.

D. Rafael Barbe, previa aceptación de sus fiadores, D. Pedro T. Larrañaga y D. José G. García, y otorgada la escritura de fianza, hizo tres propuestas: una por dos millones y medio de soles, otra por dos millones ochocientos mil, y la tercera por dos millones novecientos mil. Para construir el ferrocarril por cuenta del Gobierno, se presentaron Dokendorff, Pérez, García y García, Prentice y Cia., O ‘Dónovan y Cia. y Christian; para hacerlos por cuenta particular, solamente Barbe; y para construirlo por cuenta particular y del Estado, Prentice у Compañía.

Estas propuestas fueron examinadas por los Ingenieros D. Gerrit, S. Backus, D. Federico Hohaguen, y D. Walter J. Morris, y una comisión compuesta de D. José S. Tejeda, D. José V. Oyague y D. José de la Riva-Agüero, formó tres proyectos de contrato, los cuales, con sus antecedentes, pasaron a vista del Fiscal señor Ureta.

Por decreto de 5 de Julio de 1870, se aceptó la propuesta de Barbe, con las condiciones siguientes:

Longitud del Muelle 700 metros.

Dirección de la línea desde San Pedro a Guadalupe, por los pueblos de San José y Chepén, y por once haciendas.

Ejecución del ferrocarril y muelle, conforme al decreto de convocatoria Comienzo de los trabajos a los cuatro meses de extendida la escritura; y conclusión a los dos años de principiados.

Privilegio por 25 años contados desde la entrega de la línea.

Garantía de un interés de 7 por ciento sobre dos millones setecientos mil soles durante el privilegio.

Derecho del concesionario para formar una sociedad anónima, con el nombre de “ Compañía del Ferrocarril de Pacasmayo a Guadalupe," ofreciendo al público, durante noventa días, un millón de soles en acciones de á diez mil cada una.

Emisión de bonos por dos millones setecientos mil soles, hecha por Barbe, y firmados los bonos del mismo modo que los de los ferrocarriles de Ica y Huacho.

Inversión de una tercera parte de ellos en pagar materiales en Europa y Estados Unidos; entrega de otra tercera parte, cuando la obra estuviese a la mitad, y del último tercio cuando la línea fuera puesta al servicio público.

Pago de la garantía semestralmente y por los Agentes financieros del Perú en Londres, siendo obligación del Empresario proveer de fondos para el servicio con anticipación de tres meses.

Remisión del 7 por ciento de interés á Londres, por la Empresa, si el ferrocarril lo produjere, y si el producto neto fuera menor, remisión de solo ese producto que se obtendría deduciendo de las entradas los gastos de explotación, conservación y reparación.

Entrega al Estado del exceso sobre el diez por ciento anual cuando el ferrocarril lo produjere, en reembolso de lo que hubiese dado por razón de garantía, la cual debía cesar, cuando el ferrocarril produjese en dos años consecutivos 7 por ciento.

Intervención del Gobierno en la línea, mientras dure la garantía.

Facultad del Empresario, para ceder sus derechos con consentimiento del Gobierno.

Derecho de explotar la línea durante 75 años, después de concluido el privilegio.

Cesión gratuita de terrenos del Estado y facilidades para expropiar los demás que necesitase la Empresa, quedando obligada ésta a restablecer los cercos, puentes, canales y caminos que atravesase la línea, para que no sufran daño los particulares ni el público.

Exención de los derechos fiscales y municipales en favor de los artículos necesarios para la obra.

Trasporte gratuito de empleados, tropas y valijas de correo у conducción de las cargas del Estado, por la mitad del precio de tarifa.

Aprobación de ésta por el Gobierno.

Derecho de atravesar la línea por cualquiera otra que se construya para el servicio público.

Rebaja de la mitad de los fletes correspondientes a los útiles que se introduzcan para construir nuevas líneas que se relacionen con la de Pacasmayo a Guadalupe, o construcción de líneas provisionales por los empresarios de las nuevas, para solo el acarreo de dichos útiles.

Exención del servicio militar en favor de los empleados y obreros de la línea; y, finalmente,

Intervención de los Tribunales y aplicación de las leyes de la República en las cuestiones que se susciten.

Barbe trasmitió sus derechos a D. Andrés Zapata y á D. José G. García, y habiendo representado el primero que a causa de la guerra entre Francia y Prusia, no habían podido colocarse los bonos, se resolvió, previo informe del Ministro de Hacienda que la obra se hiciera por cuenta del Estado. Aceptada esta determinación por García, se extendió la escritura ante el Escribano D. Claudio J. Suarez (Noviembre de 1870).

Al mes siguiente (Diciembre 13 de 1870) se aceptó la propuesta de        D. Enrique Meiggs, que se obligó a trabajar la segunda sección, desde el Cerro de Calasñique hasta la Magdalena, por cinco millones de soles en bonos, y con las siguientes condiciones:

Ejecución de la obra según los planos de los Ingenieros Malinowski y Marzo у detalles expresados en la convocatoria de 22 de Marzo de 1869. Conclusión a los dos años, que empezarían a contarse después de celebrada la paz Franco - Prusiana.

Pago de los cinco millones en bonos o su equivalente en moneda circulante en los países donde se hiciere la emisión, siendo aceptados por el contratista a la par.

Emisión en Lima, Paris, Frankfort y Nueva York, determinándose en decreto separado expedita de acuerdo con el empresario, la redacción, forma, series, garantía, hipoteca, cambio y demás condiciones de la emisión, depósito, amortización y pago de intereses.

Pago del precio en esta forma:

a.- El valor de las facturas por materiales será entregado en el acto que aquellas se presenten, por el depositario de los bonos:

b.- Por los primeros desembolsos para la compra de materiales, el Gobierno entregará certificados expedidos por la Dirección General de Contabilidad, que ganarán un 6 por ciento al año, y serán canjeados a la par con los bonos que se emitan.

c.- Y el resto del precio pagado mensualmente, previa presentación de certificados del Ingeniero Inspector de la obra.

Cuenta corriente entre el Gobierno y el Contratista, llevada por el depositario de los bonos, y liquidada cada seis meses.

Apertura del Puerto de Pacasmayo, para las naves que conduzcan los útiles del ferrocarril.

Muelle provisional en dicho Puerto que el Empresario puede unir con Calasñique por una línea férrea, destinada a conducir aquellos útiles, y finalmente las demás condiciones estipuladas en el contrato del ferrocarril de Mollendo a Arequipa. Zapata y García con consentimiento del Gobierno trasfirieron sus derechos a Meiggs por escritura pública que otorgaron ante el citado Escribano Suarez (16 de Enero de 1871). En seguida (10 de Marzo) se declaró que Meiggs debía sujetarse para construir la primera sección de Pacasmayo al Cerro de Calasñique, y la segunda desde este Cerro hasta la Magdalena, a las expecificaciones detalladas en la convocatoria de 22 de Marzo de 1869.

La cita de esta convocatoria no es más que una oposición de la Junta, porque en los expedientes no se encuentra el decreto de 10 de Marzo de 1871 ni otras muchas piezas relativas a este ferrocarril.

En la colección impresa que la Secretaría de Fomento ha remitido a la Comisión, se halla dicho decreto trunco, a la página 638 donde se dice.... “se resuelve que el Contratista D. Enrique Meiggs se sujete en la construcción de la primera  y segunda sección del ferrocarril de Pacasmayo á Cajamarca, a las siguientes expecificaciones:

Después se encuentra esta nota. “Se suprime, por ser como las anteriores” y las anteriores son las de la convocatoria de 22 de Marzo de 1869 (página 600) y las de 8 de Marzo de 1870 (página 610). ¿Cuáles son las expecificaciones de que habla el decreto de 10 de Marzo de 1871?

He ahí la cuestión que no se puede resolver porque el expediente está incompleto.

La Comisión ha manifestado su juicio, teniendo en cuenta el espíritu de la ley de Noviembre de 1864.

Poco después el Empresario solicitó que se le exonerase de la fianza que se había exigido respecto de toda la línea de Pacasmayo á Cajamarca; y se declaró (8 de Abril de 1871) que no estaba obligado a otorgar fianza de 500,000 soles como consecuencia del contrato para construir la línea de Calasñique a la Magdalena.

Dos años más tarde (10 de Enero de 1873) se aprobó la forma de los certificados de trabajos, propuesta por el Ingeniero Hindle, quien dijo que debía avaluarse por separado toda la obra que se ejecutase, a fin de aplicar a ella mayor suma que a la compra de materiales, y como esta modificación fue expresamente aceptada por Meiggs, se dispuso que en los trabajos se invirtiese un millón doscientos mil soles y novecientos mil en la compra de materiales.

Uno de los incidentes ocurridos durante la construcción de la obra, fue la quiebra del Puente de Paypay. Con este motivo hizo presente el Empresario (Agosto de 1873) que los puentes que se habían construido en Inglaterra bajo la dirección del Ingeniero Inspector D. Eduardo Woods no eran suficiente sólidos; que uno que se había colocado se destruyó por esa causa y por imperfección en su estructura, pues se había roto con el solo peso de 90 toneladas, debiendo soportar 350: que el segundo en todo igual al primero había tenido el mismo desgraciado fin y pidió que una Comisión de Ingenieros examinase los puentes enviados de Inglaterra, porque conforme al artículo 2° del contrato, el previo examen de los materiales por el Ingeniero del Gobierno relevaba al Empresario de toda responsabilidad futura. Se pidió informe a la Junta Central de Ingenieros, la cual la emitió después de 70 días ( 10 Noviembre 1873) indicando el remedio que debía adoptarse para que los puentes soportasen el peso que les estaba destinado: y en seguida se mandó archivar el expediente          (13 de Noviembre). Trascurridos cuatro años (Mayo de 1877) a causa de las averías causadas por una inundación se comisionó al Ingeniero D. Teobaldo Eléspuru, para que las estimase, inspeccionando la línea; y del informe que presentó a la Junta Central de Ingenieros, y que ésta elevó al Ministerio de Gobierno recomendando la conveniencia de variar la línea en algunos puntos, resulta: que el daño había sido causado por las abundantes é inesperadas lluvias, que habían arrojado sus aguas a sitios por donde jamás habían corrido: que la línea se divide en dos ramales en Calasñique, uno para la Viña y otro para Guadalupe: que de Pacasmayo a San Pedro hay 8 kilómetros, otros 8 de San Pedro a Calasñique; de Calasñique a San José tres; de San José a Chafan seis; de Chafan a Talambo ocho; de Talambo a Chepén cuatro; de Chepén a Lurifico 1,474 metros y de Lurifico a Guadalupe 4,174 metros. Total 42 kilómetros 624 metros: que de Calasñique a Paypay medía una distancia de 29,542 metros; de Paypay a Montegrande 10,457 metros; de Montegrande a Chungala 1,341 metros; de Chungala á Yonan 7,984 metros; de Yonan a Llallán 28,272 metros; de Llallán a Chilete 9.728 metros; de Chilete a la Viña 16,416 metros. Total 103,740 metros y finalmente que las averías fueron estimadas en 60,531 soles 41 centavos. Al año siguiente (Marzo de 1878) el Prefecto de Amazonas manifestó que eran grandes los perjuicios que sufría su Departamento y el de Loreto por la suspensión del tráfico en el ferrocarril de Pacasmayo, y que los daños que había sufrido provenían de la mala construcción. También el Concejo Departamental de Cajamarca elevó al Gobierno por el conducto de la Prefectura una queja semejante; y pidió que se le impusiera al Empresario una multa de medio millón de soles si no hacía las reparaciones en el término que le señalase, El Directorio ejecutor de los contratos que Meiggs celebró con el Gobierno, cedió la Administración del ferrocarril al Dr. D. José Silva Santisteban; pero como el Gobierno no aprobó la cesión, D. Carlos Watson se presentó en Octubre de 1878 al Ministerio de Gobierno; y refiriéndose a dos decretos de 4 y 18 de Setiembre del mismo año que no obran entre los expedientes de la materia y que los que suscriben no conocen por ese motivo, manifestó que las dos primeras secciones del ferrocarril serían recibidas del poder del Dr. Silva Santisteban у entregadas a D. A. Goddar como Superintendente de la línea . En consecuencia, se resolvió que las autoridades prestasen todo género de auxilios, inclusive el de la fuerza pública a fin de que Goddar tomase posesión de la línea y la administrase como representante del Directorio de Meiggs. Con este motivo el Dr. Santisteban manifestó al Gobierno (14 de Octubre) que había entregado a Watson S/. 224,000 soles cuya devolución debía ordenarse, si aquel se apoderaba de la línea y que (23 de Octubre) había demandado al mismo Watson que pretendía recobrar la línea para traspasarla a cierto personaje que decantaba mucha influencia.

A su vez Watson dijo (6 de Noviembre) que el Dr. Santisteban, ferrocarril fuesen entregados a Goddar; y esta representación dio origen á un decreto (7 de Noviembre) en que se ordenó que Goddar tomara posesión del ferrocarril y del muelle, ambos propiedad del Estado, y que los administrase en calidad de Superintendente.

A principios del año siguiente (11 de Enero de 1879) el Dr. Santisteban, sin duda porque así convenía a sus intereses, informó al Gobierno refiriéndose a una resolución suprema de 8 de Enero de 1879, que los que suscriben no han encontrado en los expedientes, que las obras del Puente Cultambo y del provisional de Paypay, no estaban principiadas como se decía en “El Peruano”, sino concluidas; que también estaba terminado el camino de Tolón al Gallito, de 10 kilómetros, cuando fue despojado de la línea, y que, el 28 de Febrero, su querella estaba ya en tabla y designada para ser vista a la apertura de los Tribunales.

Uno de los que suscriben ha tenido ocasión de ver algunos expedientes relativos a este ferrocarril, en los autos del juicio que el Dr. Santisteban sigue con D. Carlos Watson. Esta circunstancia ha impedido que la Comisión haya podido estudiarlos, y hasta pedirlos estando convencida de que habría sido imposible retirarlos del proceso, pendiente el juicio.

Por esta razón, aun cuando la anterior reseña se extiende hasta los últimos hechos, contiene algunos vacíos que la Secretaría de Fomento podrá llenar, cuando terminados los juicios del Dr. Santisteban con Watson y de éste con aquel , puedan recogerse los expedientes aludidos. En la Memoria de Gobierno de 1876, se encuentran los datos siguientes: 1. Por decreto de 13 de Diciembre de 1870, fue contratada la segunda sección en cinco millones en bonos que se redujeron a tres millones setecientos cincuenta mil soles en efectivo, previo arreglo celebrado con el contratista Meiggs, en 30 de Diciembre de 1871; 2. Hasta el 1 de Mayo de 1876, había recibido S/. 6.394,821.12 resultando un saldo contra el Empresario de S/. 123,767.08; 3. Toda la línea cuya longitud es de 146 kilómetros, estaba concluida; y 4. Al muelle, de Pacasmayo solo le faltaba la cubierta de madera en la extremidad exterior. Y en la de la Junta Central de Ingenieros publicada en 1874, se dice que el ferrocarril tenía entonces, 146 kilómetros enrielados y recorridos por la locomotora, y que una vez terminadas las estaciones, concluido el puente y arreglada la vía, podría ser recibida por el Estado.
Fuente Anales de las Obras Publicas.