viernes, 30 de junio de 2023

DATOS DE MI GUADALUPE (COFRADIA)

 

Cuando en 1760 el Obispo de Trujillo, Francisco Javier de Luna Victoria, realizo una visita pastoral al santuario, la tensión era  tal que -como dicen los documentos- podía sentirse en el aire. Curiosamente, la disputa no era mas por la imagen en bulto de la Virgen, si no por la custodia ubicada en la iglesia. ¿Por qué cambio la orientación el culto?

No lo sabemos, pero quizás se debió a modificaciones en la percepción religiosa feligresía. Mientras que en el S XVII la cofradía de Nuestra Señora de Guadalupe convocaba a los fieles y era la encargada de velar por todos los rituales vinculados a la fiesta de la Virgen en Diciembre, a mediado del S. XVIII dicha cofradía desapareció y paso a formarse la Hermandad de Cristo en la misma iglesia, en un momento en que el culto como el Señor de los Milagros comenzaron a tomar importancia. Este fue un punto de quiebre en la devoción que quizás coadyuvo a que el santuario fuera declinado en importancia y no tuvieran éxito los múltiples intentos por repotenciar religiosamente  la imagen y el santuario a lo largo del S VIII.

Carta de donación por Don Francisco Pérez de Lezcano de la Hermita de la Virgen a la Religión Agustiniana.

 

Carta de donación por Don Francisco Pérez de Lezcano de la Hermita de la Virgen a la Religión Agustiniana.

II P-1

Donas. de la Hermita de Guadalupe a la Religión Agustiniana.

Sepan cuantas esta carta vieren, como Yo Francisco Peres Lescano, vesino e Regidor de esta Ciudad de Truxillo Provincia del Perú, otorgo y conozco por esta presente Carta, e digo que por quanto: Yo he fecha concierto con los muy Reverendos Padres Prior e Frailes del Convento del Bienaventurado Santo Agustín, que está fundado en esta Ciudad en nombre de su Orden Religión, que Yo doy el derecho que tengo a la Hermita e Iglesia, que por mi está fecha en el Valle de Cherrepe, repartimiento que es en Pacasmayo, terminó de esta Ciudad, con la Imagen de Nuestra Señora la Virgen María, que en ella esta, que la advocación y nombre de ella es Nuestra Señora de Guadalupe, para que la hayan para dicha orden, con todo el ornato de vestimentos así de la Imagen, como del servicio del culto divino, que hasta oy en ella tengo,  é fecho, para que en ella residan Religiosos de dicha Orden, no mudando el nombre de dicha advocación, de lo que oy es, y yo instituyó en la dicha Iglesia é Monasterio una Capellanía para mi é  para Doña Luisa de Mendoza, mi muger y para mis hijos y herederos y subcesores, y la dote en cierta cantidad de pesos de oro de renta,  todo conforme a las condiciones y concierto, sobre ello fecho entre mi y el dicho Convento en nombre de su Orden, é para que tome posición de la dicha Iglesia é sitio de todo lo que en ellá está de aderezo, y servicio, y ornato, por esta presente Carta, en la mejor vía, é forma que puedo, é derecho debo, doy todo poder cumplido,  tal que de derecho se requiere a los muy Reverendos Padres Fray Luis López, Predicador de la dicha Casa y Monasterio, y a Fray Andrés de Villa Real,  conventual de ella, in solidum, para que en nombre de la dicha su Orden, puedan tomar y tomen posesiones la dicha Hermita, de dicha advocación de Nuestra Señora de Guadalupe,  y tomar en sí la Imagen de Nuestra Señora que en ella esta y todos los vestimentos así de la dicha Imagen como del servicio del Altar é culto divino que allí se celebre,  é yo tengo puesto en la dicha Casa y Hermita, para el dicho efecto sin reservar ni exceptuar cosa alguna, para que lo hayan para si, para la dicha su Orden y para que estén y residan en la dicha Hermita y Casa Frayles de la dicha Orden y en el dicho repartimiento, conforme a las condiciones puestas por mi en el dicho caso é aceptadas por el Convento, é con que en ningún tiempo permita que la dicha Imagen salga de la dicha Hermita y Casa que ahora  en el dicho Valle e sitio que les doy se hisiere, la qual puedan tomar por si ante Escrivano o Natario o Testigo, o en la mejor forma y manera que pudieran, que tal cual la tomaren, tal se la doy, é valgan é hagan fe para en todo tiempo,  para que se cumpla e tenga efecto lo concertado é asentado sobre el dicho caso con el dicho Convento, e si por alguna vía, algún impedimento se pusiere, por parte de su Santidad o de algún Juez, o Prelado, o otra Persona, y no se pudiera tomar la dicha posesión,  reservo é retengo en los derechos que oy aia, é obtengo a la dicha casa, Hermita, é Imagen y ornato que en ella esta con los sitios nuevo e viejo que tengo por mios y comprados para la fundación de la dicha Hermita; é para que se cumpliere lo que por virtud de este dicho poder se hiciere. Conforme a la orden de el, doy poder cumplido a todos y qualesquiera Juez e Justicias que de esta causa puedan oir librar y conocer que las dichas justicias, de qualquier parte que sean, adondequiera que se presentare esta escritura de Poder y de ella fuera pedido cumplimiento de Justicia al fuero de los quales me someto con mi Persona y bienes, renunciando como renuncio mi propio fuero, y la Ley “sit cum benerit”, para que las dichas Justicias, ó qualesquiera de ellas me compela y apremien a que ansi lo haga, guarde, cumpla y pague, asi por via de execucion, como en otra qualquiera manera, bien ansi como si lo que dicho es fuese por cosa pasada en pleito, por demanda, e Respuesta, y sobre ello fuere dada sentencia definitiva de Juez competente, é por mi consentida é no apelada, por pasada en cosa juzgada e renuncio todas qualesquier Leyes, fueros y derechos, mercedes, privilegios y libertades o exempciones, y en fin sin el o en mi ayuda, e favor y contra lo que dicho es sean, o ser puedan, y la Ley y regla del derecho, en que dice, que general renunciación fecha de Leyes, no valga é quan cumplido poder, yo é obtengo para lo que dicho es y cada caso de ello, otro tal y ese mismo lo otorgo é doy a los dichos Reverendos Padres Fray Luis Lopez y Fray Andres de Villa Real, in solidum con todas sus incidencias y dependencias é para haver por firme lo que por birtud se este dicho Poder fuere fecho, é actuado, obligo mi persona y bienes havidos y por haver, en testimonio de lo qual otorgue esta carta ante el Escrivano Publico, é testigos, y sus escritos, que es fecha é otorgada en esta dicha Ciudad de Truxillo, a trese días del mes de mayo año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mil y quinientos y sesenta y quatro años, testigos que fueron presentes a lo que dicho es Juan Calderon Lescano y Diego Martinez  Platero y Felix del Benino  mortadores de esta Ciudad. == Y el dicho otorgante al qual yo el Escrivano Publico y uso escrito doy fe que conozco lo firmo de su nombre, en el rexistro de esta Carta === Francisco Peres Lescano === 

Yo Juan Lopez de Cordova, Escrivano de su Magestad Publico, é del número de esta Ciudad de Truxillo al contenido de esta Carta fui presente, é la fice aquí este mi signo, y nombre === En testimonio de Verdad == Juan Lopez de Cordova, Escrivano Publico ===

Claudio Buron Álvarez. OSA

CASONAS GUADALUPANAS


 

miércoles, 21 de junio de 2023

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Romería en honor a Nuestra Señora de Guadalupe.












 

ACROSTICO DEDICADO A LOS HEROES GUADALUPANOS EN SU PRIMER CENTENARIO DE FUSILAMIENTO

 

ACROSTICO DEDICADO A LOS HEROES GUADALUPANOS

EN SU PRIMER CENTENARIO DE FUSILAMIENTO

 

FUSILADOS INOCENTEMENTE

EN UN 28 DE OCTUBRE DE 1881

RESPETANDO SILENCIOSAMENTE

NO DELATARON A NINGUNO

A PESAR DE LAS TORTURAS

NACIDAS DE LOS CHILENOS

DEFENDIERON CON POSTURA

OFRENDANDO SUS VIDAS SERENOS

 

JUSTO, FERNANDO Y MANUEL

UNIDOS EN UN SOLO COROZAN

SUFRIRON LA CONDENA MAS CRUEL

TORTURADOS HASTA LA INMOLACION

OFRENDARON SUS VIDAS LOS TRES

 

MURIERON LOS TRES ARTESANOS

ACRIBILLADOS A BALAZOS

NACEN TRES HEROES GUADALUPANOS

UNIDOS EN UN CALVARIO

EN DEUDA A SEGUIR SUS PASOS

LES DESEAMOS PAZ EN SU PRIMER CENTENARIO.

 

MANUEL CISNEROS CASTRO, GUADALUPE 28 DE OCTUBRE 1881.

 

POEMA EN HONOR A LOS HERMANOS ALBUJAR Y GUARNIZ “LAMENTO DE UN PAREDON”

 POEMA EN HONOR A LOS HERMANOS ALBUJAR Y GUARNIZ

“LAMENTO DE UN PAREDON”

 

I

En mis muros sentí sus quejidos…………;

Cual mártires, su sangre, impregnado…,

Tras lamento, que el tiempo a llevado ……,

De un pueblo humilde y mancillado……

 

II

¿Por qué destruyeron mis recuerdos?

De años, tormentos, guardados……;

Solo nostalgias, tristezas a quedado;

Hasta hoy, este muro de cemento anodado.

 

III

Quiero ser como antaño ¡PAREDON!

De adobe, barro y calicanto………;

Y no perder ese encanto………;

Guadalupe, orgullo de mi nación.

 

Autor, Jaime E. Vergara Revilla

MAKENA

TRAYECTORIA GEOPOLITICA DE LA CIUDAD DE GUADALUPE

 

TRAYECTORIA GEOPOLITICA DE LA CIUDAD DE GUADALUPE

 

El Distrito y su cuota para la formación e Integración de la Provincia de Pacasmayo

Por Luis C. Lostanau Rázuri.

 

A medida que se consolidaban, las posesiones de los conquistadores españoles a  largo y ancho del Tahuantinsuyo, se iba dando una nueva fisonomía demarcatoria a base principalmente de la entrega de las diversas secciones de este territorio entre los hombres de la Conquista. Esta situación inicial dio paso al vocablo "ENCOMIENDAS". Primera versión geográfica española que venia a reemplazar y dividir los "SUYOS" del Incanato. Cúpole al Capitán Don Francisco Pérez de Lezcano, uno de los extremeños que con Pizarro entraron en Cajamarca y con Miguel de Estete fundaron Trujillo, ser encomendero de los VALLES DE CHERREPE y PACASMAYO, cúpole también, veintisiete años después de la Conquista, ser el fundador de la primera población española de su Encomienda: EL PUEBLO DE GUADALUPE que habría de regir en adelante sus posesiones en los Valles mencionados que estaban integrados por diversos asientos de indios, siendo los principales: CHERREPE, LLOC  y  XEQUETEPEQUE. Erigido el Virreinato las  encomiendas de los primeros años propiedad de los Conquistadores, son abolidas, creándose los "CORREGIMIENTOS" con intervención de las autoridades virreinales  y dándoseles reconocimiento de propiedad sobre sus tierras, tanto a los indígenas; como a las Ordenes Religiosas que hubieran recibido donaciones de los naturales y de los Encomenderos. El Pueblo de GUADALUPE  como asiento del Culto a la Virgen traída de España por Pérez de Lezcano y del Santuario y Convento de la Orden Agustina, fue convertido en CURATO, reconociéndosele oficialmente su demarcación política-religiosa a base de la donación que hiciera el Encomendero y de otras menores hechas por los naturales, señalándose la existencia de una linderación judicialmente establecida, con los repartimientos de indios de Jequetepeque, San Pedro de Lloc y San Ildefonso de Chérrepe. Es así como este floreciente Pueblo Virreinal extiende su demarcación territorial desde el Pueblo de Mocupe, por el Norte, hasta las proximidades del Pueblo de Paiján, por el Sur; encerrando dentro de ésta, a manera de islas de propiedad indígena reservada, los tres repartimientos de indios antes mencionados. Es preciso recordar también que el Virrey Toledo al poner en práctica sus "REDUCCIONES" trató de disminuir los diversos vecindarios indígenas de la región concentrándolos en GUADALUPE, por lo que hizo donación a la Santísima Virgen, para su culto y servicios, de los pueblos de LLOC, XEQUETEPEQUE, MOCUPE, CHERREPE Y MORO-MORO; poniéndolos en manos de la doctrina de los Padres Agustinos. Por aquel entonces la división política estaba subordinada a la eclesiástica.

Deducida y resumida la existencia territorial de Guadalupe virreinal, observamos que ésta llega a los albores de la Independencia demarcando el Valle en esta forma: Guadalupe, como eje de la vida regional y los pueblos, de San Pedro de Lloc, Jequetepeque, Pueblo Nuevo, nacido con la desaparición de San Ildefonso

de Chérrepe y el Puerto de Pacasmayo, creado por orden del Virrey Lacroix en 1785, como vecinos inmediatos. Hasta el advenimiento del Siglo Libertario, Guadalupe mantuvo la majestad y supremacía que le daba su origen y, es justamente, la consolidación de la Independencia la, que exige las más fuertes cuotas que pueblo alguno del Norte del Perú, haya tenido que aportar.

Primero, fue la supresión del Convento de San Agustín, con incautación de todas sus tierras que luego serian repartidas entre los militares de las huestes libertadoras; luego, se crea el pueblo de San José en medio de una de las zonas agrícolas más importantes de los Padres Agustinos. Casi al mismo tiempo el Libertador Don Simón Bolívar, en junio de 1825, eleva a  categoría de DISTRITO a más de quinientos pueblos, quedando integrado el Valle como parte de la Provincia de Chiclayo, con los siguientes distritos: Guadalupe, San Pedro de Lloc, Jequetepeque, Pueblo Nuevo, Pacasmayo y San José. Diez años después, por Decreto dé 18 de Abril de 1835, el ya distrito de Guadalupe, sufre un nuevo desmembramiento al crearse el Distrito de Chepén, dejando ya establecidos en el Valle y formando parte siempre de la Provincia de Chiclayo, a siete distritos.

Posteriormente, es el Coronel Don José Bernardo Goyburu, prócer de incontables campañas  y  de enorme  valor  cívico, quien,  desde sus  haciendas ubicadas en

Guadalupe, se lanza a la creación de la Provincia de Pacasmayo; coronando su empeño el 26 de Noviembre de 1864, al conseguir que los Distritos de Guadalupe,

San Pedro, Jequetepeque, Pueblo Nuevo, Pacasmayo, San José y Chepén, se desprendan de la Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, y pasen

a formar parte del de La Libertad, como una floreciente e indestructible PROVINCIA: la de PACASMAYO. En esta nueva ocasión GUADALUPE, también

aporta nueva cuota al perder jurisdicción sobre el pueblo de Mocupe que queda con la provincia de Chiclayo integrando el Distrito de Lagunas. Inicialmente, en las gestiones para la creación de la Provincia de Pacasmayo, se trató de incluir el Distrito de Lagunas a ella; pero, intervenciones de carácter particular lo impidieron.

Es de todos  conocido el último aporte de Guadalupe, floreciente distrito virreinal; a la integración de la familia pacasmayina.

El 5 de Diciembre de 1940, se le practica el último desmembramiento, en el que pierde casi la mitad de su jurisdicción, dando paso al nuevo Distrito de Pacanga  y cediendo en esta ocasión sus tres más importantes caseríos: Pacanga, Pacanguilla y Caín.

El origen netamente religioso del asiento, pueblo o curato de Guadalupe, durante la Colonia, supo transformarse acogiéndose a través de cuatro largos siglos a los conceptos y hábitos sociales de las diversas épocas por las que ha pasado nuestra Patria. Muchas veces estas transformaciones han lindado con el sacrificio o su estabilidad; pero, siempre marcando un ritmo rector de hidalga generosidad para con la familia  pacasmayina. Él 28 de Enero de 1871, este pueblo fue elevado a la categoría de  VILLA y posteriormente, el 11 de  Noviembre de 1914,  por mandato de la LEY 2006, ostenta el titulo de CIUDAD.

 

Guadalupe, Noviembre de 1964.