DECRETO SUPREMO
El ciudadano Felipe Santiago
Salaverry, Benemérito de la patria en Grado Heroico y Eminente, condecorado con
las Medallas de los Libertadores del Perú, Zepita, Junín, y Ayacucho, General
de Brigada de los Ejércitos Nacionales y Jefe Supremo del Perú.
CONSIDERANDO
1° Que la prosperidad de los
pueblos de la Republica demanda en algunos puntos de ella, una subdivisión del
territorio que facilitar su progreso.
2° Que el Gobierno, encargado de
la felicidad nacional, debe fomentar la industria agrícola y comercial,
removiendo los obstáculos que se opongan.
3° Que el Distrito de Chiclayo,
por su riqueza y la de sus inmediatos, está llamado a ser como ellos una
provincia de las mas importantes de la Republica.
DECRETO
Art. 1° Se crea una Provincia
denominada de Chiclayo, cuyo capital será la Ciudad de Chiclayo.
Art. 2° La Provincia se compondrá
de los Distritos de Chiclayo, Picci, Reque, Monsefú, Eten, Zaña, Pueblo Nuevo,
Guadalupe, Jequetepeque, Chepén, San Pedro de Lloc, que pertenecen a la de
Lambayeque; de los de Tocmoche, Cachén y Llama, a la de Chota, y Trinidad, a la
de Cajamarca.
Mi secretaria general queda
encargada de la ejecución y cumplimiento de este Decreto.
Dado en mi Ciudad General de
Ascope, el 18 de abril de 1835.
FELIPE SANTIAGO SALAVERRY
Por ausencia del secretario
general y D. de S.E. Fdo. Juan Lastenau.
EL DECRETO DE GAMARRA
EL CIUDADANO AGUSTIN GAMARRA
Gran Mariscal de los ejércitos
Nacionales, Presidente Provisorio de la Republica del Perú.
CONSIDERANDO
Que el reposo publico y el mejor
recaudo de las contribuciones exigen la división de la Provincia de Lambayeque.
DECRETO
Articulo UNICO LOS PUEBLOS DE
Chiclayo, Picci, Reque, Monsefú, Eten, Zaña, Pueblo Nuevo, Guadalupe,
Jequetepeque, Chepén, y San Pedro, pertenecientes a la provincia de Lambayeque,
quedaran separados de ella y formaran una sola provincia denominada Chiclayo,
cuya capital será la ciudad del mismo nombre. El ministro General queda
encargado del cumplimiento de ese Decreto y de hacerlo imprimir, publicar y
circular.
Dado en la Casa del Supremo
Gobierno, en Lima, a 22 de marzo de 1839.
AGUSTIN GAMARRA. Por orden de
S.E. el Jefe de la Sección Gobierno.
Fdo. Manuel del Rio.
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