LEY N°
13471
Declarándose
Día Cívico, en la Provincia de Pacasmayo, del Departamento de La Libertad, el
día 23 de Noviembre de cada año.
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR
CUANTO:
El
Congreso ha dado la ley siguiente:
EL
CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado
la ley siguiente:
ARTICULO
UNICO. - Declárese día Cívico en la Provincia de Pacasmayo, del Departamento de
La Libertad, el día 23 de Noviembre de cada año.
Comuníquese
al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del
Congreso, en Lima, a los once días del mes de febrero de mil novecientos
sesenta.
ENRIQUE
MAERTINELLI TIZON. Presidente del Senado.
JAVIER
ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.
PEDRO A.
DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario.
MANUEL B.
MONTESINOS, Diputado Secretario.
Al señor
Presidente Constitucional de la República.
POR
TANTO:
Mando se
publique y cumpla.
Dado en
la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre de mil
novecientos sesenta.
MANUEL
PRADO
RICARDO
ELIAS APARICIO.
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