lunes, 11 de septiembre de 2023

DIRECCION DE SALUBRIDAD PÚBLICA

 

DIRECCION DE SALUBRIDAD PÚBLICA

OFICIOS

Oficio por la cual se recomienda la necesidad de adoptar medidas oportunas a fin de que no se realice la próxima feria de Guadalupe, propicia a la difusión de la peste bubónica.

 

Lima, 2 de noviembre de 1904.

Señor Presidente de la Junta Departamental de Sanidad de La Libertad.

N° 1102.

En vista de la tenacidad con que se ha arraigado la peste en la provincia de Pacasmayo, y de la recrudecencia que ha experimentado en las últimas semanas, creo de mi deber llamar la atención de US. Y de la Junta de su presidencia, hacia la circunstancia siguiente, que juzgo de la mayor gravedad.

En los primeros días del próximo mes de diciembre, tiene lugar, como sabe US., la feria de Guadalupe, acontecimiento que determina una afluencia considerable de personas, venidas principalmente de las provincias de los departamentos de La Libertad, Cajamarca y Lambayeque. Durante los días que dura aquella feria, la población de Guadalupe es un verdadero hacinamiento de seres humanos de todas clases sociales y condiciones sociales, que transforman la ciudad en un centro de inmundicias y abandono, propio de los hábitos intemperantes y del deseo e ignorancia de la mayoría de los concurrentes, generalmente jornaleros de los pueblos y haciendas vecinas.

Ahora bien, la peste que ha invadido el departamento de Lambayeque, donde se presenta actualmente con caracteres alarmantes, sigue con precisión matemática estas corrientes, peregrinaciones o ferias que le sirven de medio seguro de difusión, y que, según lo comprueba la experiencia, determinan, a la vez, la exaltación de la virulencia del germen pestoso, y, como consecuencia, explosiones epidémicas terribles.

Es fácil prever lo que sucederá, si la feria se realiza en el presente año en Guadalupe. Reunidos ahí individuos venidos de las provincias de Chiclayo y Lambayeque, donde existe la peste, de San Pedro, Jequetepeque y caseríos o haciendas de la provincia de Pacasmayo actualmente en estado de epidemia y los que acuden de las provincias del departamento de Cajamarca, indemne hasta el presente, y de las otras provincias o pueblos del departamento de La Libertad, igualmente indemne, no solo se transportaría la peste a Guadalupe, sino que, infectada esta ciudad, los concurrentes a la feria conducirán a su vez el flajelo, ya sea en sus ropas u objetos de uso personal, ya sea en su propio organismo, a los lugares donde se dirijan, difundiendo así el germen, y formando nuevos y números focos de contagio pestoso.

La prudencia más elemental aconseja, pues evitar este peligro inminente, cuya gravedad recomiendo a la consideración de US. Y de la Junta de su presidencia, a fin de que se adopten las medidas más convenientes, con la oportunidad que el caso reclame, pues no debe olvidarse que la feria de Guadalupe significa transacciones comerciales de importancia, y que, por lo tanto, es indispensable publicar con la debida anticipación, la resolución que se adopte al respecto, a fin de no herir innecesaria o inopinadamente intereses respetables.

Dios guarde a US.

Firmado.- J.Arce.

 

Oficio que se insiste sobre el contenido del N° 1402, cuya repuesta se reclama.

Lima, 21 de noviembre de 1904.

Señor Presidente de la Junta Departamental de Sanidad de La Libertad.

N° 1170.

Con fecha 2 de los corrientes, mi Despacho hizo presente al de US. En vista de la tenacidad con que se había arraigado la peste en la provincia de Pacasmayo y de su aparición en Lambayeque, lo peligroso quesería la realización de la feria en Guadalupe, pues recorriendo la peste, con notable precisión, los centros donde se aglomeran grandes multitudes, son estas un medio eficaz de difusión, y de la exaltación de la virulencia del germen pestoso, que traen como consecuencia exposiciones epidémicas terribles.

Con este motivo, manifesté a US. Que es fácil preverlo que sucederá si la feria se realiza en el presente año en Guadalupe. Reunidos ahí individuos venidos delas provincias de Chiclayo y Lambayeque, donde existe la peste, de San Pedro, Jequetepeque y caseríos o haciendas de la provincia de Pacasmayo, actualmente en estado de epidemia, y los que acuden de las provincias de Cajamarca, indemne hasta el presente y de las otras provincias o pueblos del departamento de La Libertad, igualmente indemne, no solo se trasportará la peste a Guadalupe, sino que, infectada esta ciudad, los concurrentes a la feria, conducirán a su vez el flajelo, ya sea en sus ropas u objetos de uso personal, ya sea en propio organismo, a los lugares adonde se dirijan, difundiendo así el germen pestoso y formando nuevos y numerosos focos de contagio pestoso.

 

Como hasta el presente, mi Despacho no ha recibido respuesta al referido oficio, e ignora, por consiguiente, el acuerdo de la Junta Departamental de Sanidad de su digna presidencia, al respecto, le estimare a US. Se sirva darme a conocer la resolución que haya adoptado.

Dios guarde a US.

Firmado.- J.Arce.

 

Mándese atender al pueblo de Guadalupe con noventa libras, por una sola vez, y Lp. 25 semanas, para combatir la peste bubónica en ese lugar.

Lima, 2 de diciembre de 1904.

 

Visto la solicitud del Presidente de la Junta Departamental de  Sanidad de La Libertad, en la que pide se le autorice para atender al pueblo de Guadalupe, donde ha aparecido la peste bubónica, con la suma de novecientos soles, por una sola vez, y doscientos cincuenta soles semanales, para los gastos que ocasione dicha epidemia, de Pacasmayo a que se refiere; y

Teniendo en consideración:

Que es deber del Gobierno auxiliar a los pueblos atacados o amenazados por la peste, con los fondos necesarios para combatir ó evitarla, a tenor de la resolución legislativa de 27 de agosto de 1903;

Se resuelve:

Autorizase al Presidente den la Junta Departamental de Sanidad de La Libertad para que atienda a las necesidades sanitarias del pueblo de Guadalupe, con la suma de novecientos soles, por una sola vez, doscientos cincuenta soles semanales, cargándose estos egresos al crédito suplementario mandado abrir con fecha 9 de setiembre último.

Oportunamente se presentara a la Dirección de Salubridad, por quien corresponda, la cuenta documentada que acredítela inversión de los indicados fondos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rubrica de S.E,

                                                        Balta.

Fuente, Registro Oficial de Fomento, Dirección de Salubridad Pública, Año I 1904 II Semestre.

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