domingo, 8 de septiembre de 2024

BENEFICENCIA DE GUADALUPE COMISION DE LA MISMA.

 

MEMORIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.

BENEFICENCIA DE GUADALUPE.

COMISION DE LA MISMA.

Lima, abril 16 de 1875.

Atendiendo à que por resoluciones de 15 de Mayo, 23 de Junio y 7 de Julio de 1874, se declaró que la Comisión de Beneficencia que funcionó en el Distrito de Guadalupe de la Provincia de Pacasmayo no fue legalmente establecida: que en la mencionada Villa existen varios bienes destinados al servicio de los desvalidos; díctese la orden conveniente para que el Prefecto del Departamento de La Libertad mande instalar la Comisión de Beneficencia de Guadalupe, la que deberá componerse de don Juan Manuel Castañeda, como director, don Gabriel Muñoz, administrador tesorero, y don Timoteo Plaza, secretario, completándose el número de cinco con los dos miembros natos designados en el artículo 3.º del reglamento de 28 de Octubre de 1848, cuya comisión se encargara de la administración de los bienes de Beneficencia con arreglo a las leyes y demás disposiciones vigentes.

Comuníquese y regístrese. Rubrica de S. E.-Odriozola.

 

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